Contactar

Diccionario del seguro


A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-Ñ-O-P-Q-R-S-T-U-V-X-Y-Z


Accidente

Se entiende por accidente, la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado.

Accidente de circulación

Toda lesión corporal que sobrevenga por el hecho de la circulación de vehículos a motor legalmente autorizados para ello, en toda clase de vías destinadas a este fin.

Activo

Conjunto de bienes y derechos que forman parte del patrimonio.

Activo amortizable

Es la parte del activo que tiene una empresa en la que se pueden realizar amortizaciones.

Activo circulante

Es aquella parte del activo de una empresa que está formada por la caja y los demás recursos que forman ese activo. Se llama así porque el dinero circula desde las materias primas hasta los productos que ya están terminados

Activo exigible

Es el conjunto de bienes o derechos que le deben a una persona física o jurídica.

Activo financiero

Es el nombre genérico que se le da a todos los títulos valores, como son las acciones, fondos públicos, bonos y a ciertos derechos que se pueden realizar de inmediato sobre los bienes inmuebles, como los títulos hipotecarios, las opciones.

Activo, operación de

Es una operación que conceden los bancos a sus clientes, como la concesión de créditos, préstamos, descuentos, etc, y reciben este nombre porque ésta operación se contabiliza en la parte de activo del balance del banco.

Actuario

Es un profesional titulado que está especializado en cálculos matemáticos y con conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, cuya principal función es asesorar a las aseguradoras en todas aquellas materias técnicas que son esenciales.

Agente de seguros

La persona que está vinculada a una compañía de seguros mediante un contrato de agencia y cuya labor / actividad es la mediación o producción de seguros. Entre sus obligaciones principales destacan: asesorar en caso de siniestro, informar al asegurado de las condiciones de las pólizas, etc.

Amortización

Es la liquidación progresiva de la deuda que se le ha concedido a una persona. También se hace referencia a la liquidación o compensación de los fondos invertidos en una empresa.

Anualidad del seguro

Periodo de tiempo comprendido entre dos vencimientos de la prima sucesivos, cuando la duración de la póliza sea anual.

Apalancamiento

En general es el efecto que se produce sobre el riesgo y los resultados que tiene una empresa como consecuencia de aumentar su financiación externa. Por tanto, es la relación entre el capital que tiene una empresa y los recursos permanentes que son ajenos.

Arbitraje

Procedimiento para dirimir diferencias mediante la encomienda a terceras personas imparciales de la resolución de las mismas.

Asegurado

La persona física o jurídica que, en si misma o en sus bienes o intereses económicos, está expuesta al riesgo.

Aseguradora

Es la entidad que asume el riesgo contractualmemnte pactado, correspondiendo a la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda el control y supervisión de la actividad aseguradora.

Asegurar

Prevenir las consecuencias económicas dañosas de un evento futuro e incierto (riesgo).

Asistencia

Dentro del ámbito del seguro, puede considerarse como la forma principal de aplicar los distintos sistemas de prevención de riesgos.

Aviso de siniestro

Documento por el que el asegurado comunica a su asegurador la ocurrencia de determinado accidente, cuyas características guardan una relación directa con las previstas en la póliza de seguro y todo ello para que se efectúe la indemnización. Es sinónimo de parte de siniestro.

Atraco o expoliación

Sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes designados en la póliza contra la voluntad del asegurado, mediante actos de intimidación o violencia, realizados sobre las personas que los custodian o vigilan.

Balance

Documento contable que, referido o en un momento dado, refleja la situación patrimonial de un negocio, mediante la comparación de las cuentas de activo y pasivo y recursos propios.

Beneficiario

La persona física o jurídica que, previa designación, deviene titular del derecho a indemnización.

Bien

Objeto o cosa susceptible de valoración, apropiación y utilidad.

Bonus-Malus

Este sistema se aplica en los seguros de autos. Según este sistema, los conductores con una alta siniestralidad, pagarán más, mientras que los conductores que tienen menos siniestralidad, son favorecidos con bonificaciones sobre la prima.

Broker

Sinónimo de agente libre o corredor de seguros.

Buena fé

Es un principio que tiene que existir en todos los contratos y en donde, tanto la aseguradora como el asegurado, tienen que actuar con honradez.

Carencia

El periodo de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o alguna de sus garantías no surte efecto.

Costes de explotación

Totalidad de gastos y amortizaciones imputables al periodo considerado, excepto impuestos sobre los beneficios.

CIDE

Es una declaración de siniestros para automóviles que tienen como nota común su uniformidad para todas las compañías de seguros, e incluso en muchos países.

Cláusula

Son todas aquellas condiciones o estipulaciones de un contrato de seguro que se adhieren mediante un anexo al contrato original para aclarar y/o modificar las cláusulas originales.

CLEA

Es la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. Se encarga de inspeccionar y liquidar a aquellas compañías aseguradoras que tengan un déficit en su situación económica.

Coaseguro

Modalidad de contratación de seguros por el cual se produce un acuerdo previo e interno entre distintas aseguradoras y donde se reparten las primas y las cuotas de la indemnización en caso de siniestro. Siempre tiene que existir el consentimiento del tomador.

Condiciones generales

Son todas aquellas condiciones que vienen establecidas en un contrato de seguro y que regulan la futura relación que va a existir entre el asegurador y el asegurado.

Condiciones particulares

Son las condiciones establecidas en una póliza de seguro que se adaptan a un caso concreto, según las necesidades que tenga el asegurado.

Consorcio de compensación de seguros

Es un organismo público que depende del Ministerio de Economía y Hacienda. Da cobertura a los siniestros que se deriven de hechos extraordinarios ocurridos en España, ya sea a las personas o a los bienes, como son los terremotos, maremotos, inundaciones.

Contenido

Están comprendidos en el contenido de una casa todos aquellos bienes que se encuentran dentro de la misma pero no están unidos a ella de una forma fija y permanente, como son los muebles, electrodomésticos, los objetos de especial valor.

Continente

Este término, se refiere a todos aquellos elementos fijos de una casa, como son sus cimientos, paredes, suelos, etc., así como las instalaciones que tengamos en ella, como la del agua, gas.

Culpa

Cuando se produce un resultado dañoso causado por la imprudencia o negligencia del causante.

Culpa concurrente

Situación que se produce cuando el daño ha sido causado por responsabilidad del autor y de la víctima.

Culpa grave

Culpa con intención asimilable al dolo. El asegurador queda liberado de la obligación de indemnizar si el siniestro se produce por culpa grave del asegurado.

Desescombro

Retirada de material de deshecho de los elementos del continente, después de un siniestro, siempre que no se precise para ello transporte ni almacenaje o depósito especiales de los mismos.

Declaración de riesgo

Es la declaración que hace el asegurado, normalmente al responder el cuestionario que le facilita la compañía de seguros, de todas aquellas circunstancias que pueden influir a la hora de valorar el riesgo.

Declaración de siniestro

A través de este documento, el asegurado le comunica a su compañía de seguros que se ha producido un siniestro y las circunstancias en que se produjo.

Depreciación

Con este término se hace referencia a la idea de que todos los objetos tienen un desgaste a lo largo de su vida útil.

Dolo

Es la voluntad deliberada de una persona de cometer un acto sabiendo que es un delito.

Expoliación o atraco

Sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes designados en la póliza contra la voluntad del asegurado, mediante actos de intimidación o violencia, realizados sobre las personas que los custodian o vigilan.

Explosión

Acción súbita y violenta de la presión o depresión de un gas o de vapores, o como consecuencia de la deflagración de materias combustibles en estado pulverizado.

Finiquito

Se da este nombre al documento que firma el asegurado o contratante o el perjudicado a consecuencia de un accidente, una vez que la compañía aseguradora le ha satisfecho la indemnización correspondiente a un siniestro.liquidadas.

Franquicia

La cantidad indicada para cada garantía amparada por la póliza, que se deducirá de la indemnización que corresponda en cada siniestro. Si la franquicia fuera temporal se deducirán de la indemnización los daños o perjuicios producidos durante el tiempo indicado.

Facturación

Conjunto de ingresos percibidos o pendientes de percibir, obtenidos de su negocio por razón de mercancías vendidas, entregados y/o servicios prestados.

Fuerza mayor

Hecho que imposibilita el cumplimiento de una obligación, independiente de la voluntad de la persona, no previsible o que, siéndolo, no es evitable.

Fraude

Comete fraude el asegurado que participando en la producción de un siniestro, intenta obtener beneficios a través de la indemnización de su compañía de seguros.

Garantía

Es la protección que se le da al asegurado contra pérdidas que haya sufrido que hayan sido causadas por el incumplimiento de un tercero.

Grado de invalidez

Es la incapacidad permanente producida al asegurado por un siniestro. Según el distinto grado de incapacidad permanente, el asegurado tendrá derecho a una mayor o menor indemnización.

Hurto

Apropiación de los bienes designados por la póliza, contra la voluntad del asegurado, sin empleo de fuerza o violencia en las cosas, ni intimidación ni violencia ejercida sobre las personas.

Imprudencia

Conducta que omite la diligencia exigida por la naturaleza de la actividad, de acuerdo con las circunstancias concurrentes de la persona tiempo y lugar.

Incendio

La combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce.

Indemnización

Cantidad con la que se resarce un daño o perjuicio.

Infraseguro

Situación que se origina cuando la suma asegurada es inferior a la suma asegurable en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.

Justiprecio

Es el valor exacto de un bien a juicio de un tasador profesional.

Laudo

Forma que reviste el fallo o pronuncamiento del Colegio Arbitral, resolviendo la cuestión sometida a arbitraje.

Lucro cesante

Ganancia o provecho que, debiendo de ser percibido, no se obtiene como consecuencia directa de un hecho u omisión.

Lesión corporal

Daños que se producen en las personas.

Mala fé

Actitud fraudulenta de una persona con ánimo de defraudar o perjudicar a otra.

Mutualidad

Es una entidad aseguradora que está formada por una asociación de personas, llamadas mutualistas, que afrontan entre sí los riesgos que individualmente le corresponden.

Negligencia

Conducta que omite el mínimo cuidado y preocupación exigibles por la naturaleza de la actividad, de acuerdo con las circunstancias concurrentes de la persona, tiempo y lugar.

Objeto del seguro

Bien material sometido a un riesgo sobre el cual se establece la posible indemnización.

Objetos de valor especial

Considerando como tales a los bienes y objetos cuyo valor unitario sea superior a 1.800 euros. Las colecciones de cualquier tipo serán consideradas, a efectos de su valor unitario, como un solo objeto todos los que formen parte de la misma colección.

Omisión del deber de auxilio

Cuando se incumple el deber de ayudar a terceras personas sin que exista riesgo propio.

Período de carencia

El periodo de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o alguna de sus garantías no surte efecto.

Póliza

Es el conjunto de documentos en que se hace constar los términos del contrato. Esta formada por: Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Especiales y Suplementos o Apéndices que se emitan a la misma.

Prescripción

Las acciones que se deriven del contrato de seguro finalizarán en el término de dos años si se trata de un seguro de daños y de cinco años si el seguro es de personas.

Prima

Es el precio del seguro que se paga, junto con los gastos e impuestos correspondientes. Este precio se habrá fijado teniendo en cuenta el contenido de la póliza, con todas sus inclusiones, exclusiones y limitaciones y de acuerdo con el riesgo que el asegurado declara.

Perito

Es un profesional encargado de valorar los daños que produce un hecho dañoso. Su función es determinar el valor de los bienes susceptibles de indemnización.

Plazo de gracia

Periodo de tiempo donde las coberturas del contrato de seguro están en vigor aunque no se haya pagado la prima que corresponde.

Ramo

Modalidad o conjunto de modalidades de seguro relativas a riesgos de características similares.

Robo

Sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes designados en la póliza, contra la voluntad del asegurado, mediante actos que impliquen fuerza o violencia en las cosas.

Rayo

Descarga violenta producida por una perturbación en el campo eléctrico de la atmósfera.

Reparación

Reposición de un bien a su estado anterior a la ocurrencia del siniestro, mediante la recomposición de sus elementos dañados.

Riesgo cubierto

Aquel cuyo posible acaecimiento se previene y garantiza por la póliza que, de realizarse, determina la obligación de indemnizar.

Riesgo excluido

Aquel que se exceptúa de las garantías de la póliza.

Recargo

Es el aumento de la prima que paga el asegurado para asumir un mayor riesgo de lo normal.

Siniestro

Todo hecho súbito, accidental e imprevisto, cuyas consecuencias dañosas estén cubiertas por las garantías de la póliza. Constituye un solo y mismo siniestro el conjunto de daños y/o perjuicios derivados de una misma causa.

Suma asegurada

Es la cantidad fijada en cada uno de los conceptos objetos del seguro y que constituyen para cada uno, el límite máximo de indemnización a pagar por la compañía en caso de siniestro.

Tercero

Cualquier persona física o jurídica distinta del tomador del seguro y del asegurado.

Tomador del seguro

Es la persona física o jurídica que suscribe el contrato y al que le corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo que por su naturaleza, deban ser cumplidas por el asegurado.

Ubicación de la vivienda

Núcleo urbano:

Conjunto de edificaciones, aunque pertenezcan a términos municipales distintos, que se encuentran en una misma zona urbanizada.

Núcleo no urbano:

Conjunto de edificaciones, aunque pertenezcan a términos municipales distintos, que se encuentran en una misma zona urbanizada, entendiéndose como tal aquella que está constituida por menos de 50 viviendas.

Despoblado:

Edificación o conjunto de edificaciones que no dispone de todos y cada uno de los servicios públicos siguientes: alumbrado, agua, alcantarillado y teléfono.

Uso de la vivienda

Residencia habitual:

aquella vivienda en la que el asegurado reside habitualmente.

Residencia secundaria:

aquella vivienda en la que el asegurado no reside habitualmente, es decir, la utiliza esporádicamente, en fines de semana, vacaciones u otros períodos análogos.

Cedida a terceros:

aquella vivienda cedida en alquiler o en la que se consiente el uso por personas distintas al asegurado.

Residencia Deshabitada:

aquella vivienda que no es de residencia habitual ni secundaria ni se consiente el uso a personas distintas al asegurado.

Multipropiedad:

vivienda propiedad de una persona jurídica que se destina a cesión de uso para tiempo compartido.

Valor real

Es el valor del bien siniestrado, en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro, teniendo en cuenta las depreciaciones por antigüedad y/o uso.

Valor de reposición a nuevo

Es el valor del bien siniestrado reemplazado por otro de similares características, sin aplicar descuentos por uso, estado de conservación o antigüedad.

Valor venal

El de venta del objeto asegurado en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.

Vicio

Cualidad intrínseca de un bien, susceptible de ocasionar su deterioro.

Vencimiento de la póliza

Es la fecha que viene pactada en los contratos de seguros que indica cuando terminan.

Vivienda

Las paredes, techos, suelos, puertas y ventanas de la vivienda asegurada. Las dependencias anexas como trasteros, garajes y sótanos, siempre que sus elementos constructivos sean análogos a los de la vivienda asegurada.


 
OFICINA MADRID SEIS Correduría de Seguros - Autorización Dirección General de Seguros con número clave: J-2236